¿ Qué es, dónde y cómo se pueden adquirir estos nuevos títulos, necesarios para vender o alquilar los inmuebles?Desde el 1 de junio es obligatorio contar con un certificado energético para las viviendas en venta y alquiler.
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En
hbinmobiliarias , les recomendamos que revisen la siguiente informacion
a todo aquel propietario que este interesado en alquilar su vivienda.
Desde el pasado 1 de junio,
las viviendas en venta o en alquiler deben disponer de un certificado
de eficiencia energética. De no ser así, los propietarios pueden ser
multados con sanciones que van desde los 300 hasta los 6.000 euros, según
el Real Decreto aprobado el pasado 5 de abril, que se completó
posteriormente con varias enmiendas en el proyecto de Ley de reforma de
la rehabilitación. Este certificado especificará mediante una escala de
siete letras, de la A a la G,
el nivel de emisiones de CO2 en comparación con las dimesiones del
edificio. De este modo, se pretende que el comprador o el inquilino
pueda «valorar y comparar la eficiencia energética como un factor
añadido para la toma de decisiones de compra o alquiler», aclara en un
comunicado la sociedad de tasación Tinsa.
¿En qué consiste?
En un edificio, la eficiencia
energética se calcula midiendo la energía consumida todos los años en
condiciones normales de uso y ocupación. Para ello se tienen en cuenta
todos los servicios utilizados de manera habitual, como «la
calefacción, la refrigeración, la ventilación, la producción de agua
caliente sanitaria y la iluminación, a fin de mantener las condiciones
de confort térmico y lumínico y sus necesidades de agua caliente
sanitaria y calidad de aire interior», detalla Tinsa.
En concreto, el indicador recoge los
kilogramos de CO2 divididos por los metros cuadrados de la vivienda (kg
CO2/m2 al año). A aquellos con un ratio de emisiones por debajo de los
6,8 kg CO2/m2 al año se le asigna la letra A, la mejor calificación. La
peor nota (la G) es para aquellos inmuebles que superan los 70,9 kg
C02/m2 anuales.
¿Qué edificios se deben certificar?
Por lo general, todos los inmuebles
disponibles para la venta o el alquiler. La normativa incluye algunas
excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el
certificado, aunque la mayor parte no son representantivos del actual
parque de viviendas.
Así, por ejemplo, no resulta obligatorio para los pisos arrendados durante menos de cuatro meses,
edificios aislados con menos de 50 metros cuadrados útiles, edificios y
monumentos protegidos en los que se altera su carácter o aspecto,
lugares de culto o religiosos, construcciones provisionales (para menos
de dos años) y la parte no residencial de edificios industriales y
agrícolas.
Por su parte, será obligatorio para
todos los edificios de nueva construcción y también cuando se haga una
rehabilitación o reforma de edificio con una superficie útil superior a
1.000 metros cuadrados, que afecte a más del 25% del total de sus
cerramientos.
¿Cuándo se tiene que entregar el certificado?
Los propietarios que deseen vender
sus pisos deberán poner a disposición de los compradores este título en
el momento en el que se efectúa la operación, mientras que en el caso de
los alquileres el casero deberá entregar una copia al inquilino. Es
decir, no se puede solicitar el certificado una vez que se ha realizado
la venta o el arrendamiento del inmueble. Este certificado tendrá una
validez de diez años.
¿Dónde se puede solicitar?
El interesado en solicitar el
certificado deberá acudir a los técnicos en posesión de titulación
habilitante (arquitectos o ingenieros). El propietario tendrá total
libertad para elegirlos.
¿Cuánto cuesta?
No existe un precio determinado. Cada técnico realiza su propuesta.
¿Cuáles son las sanciones?
La ley establece sanciones que
oscilan desde los 300 euros a los 600 euros en el caso de las
infracciones leves, de los 601 a los 1.000 euros en el de las graves y
de los 1.001 a los 6.000 euros para las muy graves.
Solicite información y le asesoraremos respecto a los certificados energeticos
y como solicitarlos. Visiste nuestra web: www.hbinmobiliarias.es
CERTIFICADO ENERGETICO MURCIA, HBINMOBILIARIAS
Reviewed by H&B INMOBILIARIAS
on
febrero 24, 2014
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